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Plazo de los derechos de autor en Colombia

Colombia · vida del autor + 80 años · Ley 23 de 1982, arts. 11 y 21.

Plazo general
Vida del autor + 80 años.
Desde cuándo se cuenta
Después del fallecimiento del autor (art. 21)
Obras con varios autores
Los ochenta años se cuentan desde la muerte del último coautor (art. 21).
Grabaciones sonoras
Plazo distinto según el titular sea persona natural o jurídica (art. 29, modificado por Ley 44 de 1993 y Ley 1915 de 2018): no modelado.
Fecha de revisión
2026-10-29

Norma consultada

Ejemplos

Cómo se aplica la regla de Colombia a casos conocidos (calculado hoy)
CasoResultado
Don Quijote (Cervantes, f. 1616)Dominio público desde el 23 de abril de 1696
Romancero gitano (García Lorca, f. 1936)Dominio público desde el 20 de agosto de 2016
Cien años de soledad (García Márquez, f. 2014)Protegida; pasa a dominio público el 18 de abril de 2094

Preguntas frecuentes

¿Cuánto duran los derechos de autor en Colombia?

Según la norma consultada, en Colombia los derechos patrimoniales duran toda la vida del autor y 80 años más.

¿Desde cuándo se cuenta el plazo?

Después del fallecimiento del autor (art. 21)

¿Una obra en dominio público se puede usar sin ninguna condición?

No siempre: en varios países los derechos morales (reconocer al autor y no alterar la obra) siguen vigentes, y una edición, traducción o grabación moderna puede tener derechos propios. Este resultado es orientativo.

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