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Plazo de los derechos de autor en México

México · vida del autor + 100 años · Ley Federal del Derecho de Autor, art. 29.

Plazo general
Vida del autor + 100 años.
Desde cuándo se cuenta
A partir de la muerte del autor (art. 29, fracc. I)
Obras con varios autores
Los cien años se cuentan desde la muerte del último coautor (art. 29, fracc. I).
Grabaciones sonoras
75 años desde la primera fijación de los sonidos en el fonograma (art. 134).
Límite de esta versión
Autor fallecido antes de 1953: el plazo de 100 años viene de la reforma de 2003 y la ley vigente no aclara si se aplica a obras que ya habían quedado libres con leyes anteriores de plazo más corto. No lo hemos podido verificar.
Derechos morales
Inalienables, imprescriptibles, irrenunciables e inembargables (art. 19).
Fecha de revisión
2026-10-29

Norma consultada

Ejemplos

Cómo se aplica la regla de México a casos conocidos (calculado hoy)
CasoResultado
Don Quijote (Cervantes, f. 1616)Dominio público desde el 23 de abril de 1716
Romancero gitano (García Lorca, f. 1936)No determinado
Cien años de soledad (García Márquez, f. 2014)Protegida; pasa a dominio público el 18 de abril de 2114

Preguntas frecuentes

¿Cuánto duran los derechos de autor en México?

Según la norma consultada, en México los derechos patrimoniales duran toda la vida del autor y 100 años más.

¿Desde cuándo se cuenta el plazo?

A partir de la muerte del autor (art. 29, fracc. I)

¿Una obra en dominio público se puede usar sin ninguna condición?

No siempre: en varios países los derechos morales (reconocer al autor y no alterar la obra) siguen vigentes, y una edición, traducción o grabación moderna puede tener derechos propios. Este resultado es orientativo.

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